Conocer las principales modificaciones para personas naturales, con altos patrimonios como el tuyo, es fundamental a la hora de su planeación financiera. ¿Qué trae el nuevo proyecto que ya fue aprobado en el Congreso de la República? Aquí te lo contamos #SinFiltro.
Para comenzar debes de tener en cuenta que la vigencia de esta nueva normativa fiscal comienza en 2023, como año gravable. Este nuevo plan de acción del nuevo gobierno colombiano, busca recaudar cerca de $20 billones de pesos.
Este es su resumen con los expertos Skandia.
Exento hasta 7.500 UVT ($285.030.000 COP aprox.)
Cumpliendo estas condiciones:
Exento hasta 5.000 UVT ($212.060.000 COP aprox. para 2023)
Cumpliendo estas condiciones:
Ya no existe límite para el valor catastral o autoavalúo.
La tarifa general es del 10%, excepto por ingresos por loterías, rifas y apuestas que se gravan al 20%.
Exentas:
La tarifa general sube al 15% para todos los contribuyentes y por ingresos de loterias, rifas, apuestas y similares continúan al 20%.
Exentas:
Podrán pertenecer al SIMPLE las personas que presten servicios profesionales, de consultoría y científicos en los que predomine el factor intelectual sobre el material, incluidos los servicios de profesiones liberales, siempre que los ingresos percibidos por estas actividades sean inferiores a 12.000 UVT ($508.944.000 para 2023) en el año gravable anterior.
Se crea un nuevo rango de tarifas para actividades de atención de las salud humana, educación y asistencia social y para los servicios profesionales, de consultoría y científicos en los que predomine el factor intelectual sobre el material.
Se crea el impuesto de timbre sobre documentos elevados a escritura pública, con excepción de aquellas que versen sobre enajenación de inmuebles cuyo valor sea inferior a 20.000 UVT ($848.240.000 aproximadamente para 2023).
La tarifa marginal será del 1.5% para para bienes inmuebles con valor hasta 50.000 UVT y del 3% de 50.000 en adelante.
Las personas naturales, con ingresos en la cédula general, pueden reducir hasta 72 UVT ($3.053.000 COP aprox para 2023) por cada dependiente (máximo 4). Esta deducción no ingresa a las limitadas con el 40% y 1.340 UVT.
Las personas naturales que declaren ingresos en la cédula general, pueden deducir hasta el 1% del valor de las adquisiciones (bienes o servicios), con una limitación anual de 240 UVT ($10.178.000 COP aprox. para 2023), siempre que estén soportadas por facturación electrónica.
Aunque el debate fue álgido, pues se proponía una importante disminución de la renta exenta pensional, finalmente esta propuesta no surtió efecto.
Es decir, quienes reciban una pensión que no supere $42.412.000 COP, estarán exentos.
No fue modificado y sigue siendo un buen mecanismo de optimización tributaria y de ahorro.
Así las cosas, este será un ingreso no constitutivo de renta, siempre y cuando no exceda el 25 % del ingreso laboral o tributario anual y el límite de 2.500 UVT por año.
Los impuestos sobre las utilidades declaradas en Colombia, no sufrieron modificaciones.
Sin embargo, sí surgió un cambio en cuanto a la declaración de activos en el exterior.
TODOS los contribuyentes con activos en el exterior deberán presentar la mencionada declaración sin importar el monto del activo.
Los aportes a los Planes de Ahorro Corporativo siguen siendo un gasto deducible para el empleador, hasta 3.800 UVT al año, por cada trabajador.
No fue modificada.
Sigue siendo considerada como renta exenta, hasta el límite del 30% del ingreso laboral o tributario del año, sin exceder 3.800 UVT ($161.165.000 COP aprox para 2023)
Los rendimientos continúan 100% exentos de impuesto a la renta, siempre que cumpla los requisitos del artículo 126* del Estatuto Tributario.
Los retiros no generan gravamen del 4x1.000
Las valorizaciones no constituyen parte del patrimonio fiscal del contribuyente.
*Que se hayan generado sobre aportes que hayan permanecido mínimo 10 años, para la adquisición de vivienda o cumplimiento requisitos para acceder a pensión
Las indemnizaciones por seguros de vida estaban exentas hasta por 12.500 UVT ($475.050.000 COP aprox.)
Con la nueva Reforma, se reducen las exenciones a 3.250 UVT ( $137.839.000 aprox. para 2023). El exceso se grava a la tarifa del 15%.
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* El Fondo de Capital Privado Skandia Compartimento IMPACTO no promete ni garantiza rentabilidades. Las obligaciones de Skandia son de medio y no de resultado.
La rentabilidad objetivo está calculada sobre un IPC anual proyectado de mediano plazo más un spread del 7% al 9%. EL IPC y las tasas pueden variar con el tiempo
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